Puedo Registrar Una Marca Parecida A Otra Que Ya Existe

¿PUEDO REGISTRAR UNA MARCA PARECIDA A OTRA EXISTENTE?

¿Qué vas a encontrar en este post?

Cuando se trata de proteger el nombre de tu negocio, no basta con tener una buena idea: hay que asegurarse de que no entra en conflicto con marcas ya registradas. Una duda muy común entre emprendedores y empresas es si es posible registrar una marca que se parece (aunque sea ligeramente) a otra que ya existe.

¿Es legal? ¿Qué riesgos implica? ¿Qué se considera realmente “parecido”? ¿Y si mi marca está en otro sector?

En este post resolvemos estas preguntas con ejemplos claros y consejos prácticos. Además, te explicamos por qué es imprescindible contar con un buen informe de viabilidad antes de dar el paso, y cómo desde Conexia Studio podemos ayudarte a evitar problemas legales desde el minuto uno.

Porque registrar tu marca es proteger tu trabajo, tu inversión… y tu tranquilidad. 💼

¿QUÉ SE CONSIDERA UNA MARCA SIMILAR?

Una marca se considera similar cuando presenta coincidencias con otra ya registrada en aspectos como:

  • Su nombre o pronunciación (por ejemplo, «Zolbia» y «Solvia»).
  • Su aspecto visual o logotipo.
  • Su significado o traducción a otro idioma (por ejemplo, “Sol” y “Sun”).
  • Su sector o clase de productos/servicios, si ambos se dirigen a un público o mercado similar.

Estas coincidencias pueden generar confusión entre los consumidores y dar lugar a conflictos legales por parte de los titulares de marcas ya registradas.

¿PUEDO REGISTRAR UNA MARCA SI YA EXISTE UNA SIMILAR?

Depende de varios factores:

  • Clase de registro: Si la marca similar está registrada en una clase diferente y no hay riesgo de confusión entre productos o servicios, podrías registrarla sin problema.
  • Nivel de notoriedad de la otra marca: Si la marca previa es muy conocida, podrías tener problemas incluso si estás en otro sector.
  • Nivel de similitud: No es lo mismo que se parezca fonéticamente, visualmente o conceptualmente. Cuanto mayor sea la similitud, mayor el riesgo de oposición o denegación.
  • Existencia de marcas comunitarias o internacionales: Aunque tu marca esté disponible a nivel nacional, puede haber conflictos con marcas europeas o internacionales con efecto en España.

Por eso es esencial hacer un informe de viabilidad antes de iniciar el trámite.

se puede registrar una marca parecida a otra

¿QUÉ OCURRE SI REGISTRO UNA MARCA SIMILAR SIN SABERLO?

  • La Oficina de Marcas (OEPM o EUIPO) puede denegar tu solicitud tras una revisión.
  • El titular de la marca anterior puede presentar oposición durante el periodo de publicación.
  • Si tu marca ya ha sido concedida, pueden demandarte por infracción, lo que podría obligarte a retirarla, pagar indemnizaciones o hacer un rebranding completo.

💡 Evitar estos problemas es posible realizando un estudio previo detallado.

¿CÓMO SABER SI MI MARCA ES DEMASIADO SIMILAR?

En Conexia Studio realizamos un Informe de Viabilidad completo que analiza:

  • Marcas registradas similares a nivel nacional y europeo.
  • Grado de riesgo y posibilidad de oposición.
  • Recomendaciones para adaptar el nombre o logotipo si es necesario.

👉 Este informe te ayuda a tomar una decisión con tranquilidad antes de iniciar el registro oficial.

¿QUÉ HACER SI EXISTE UNA MARCA SIMILAR PERO QUIERES MANTENER TU IDEA?

  • Valora cambiar la ortografía, estructura o combinar palabras.
  • Cambia la clase de productos o servicios si tienes margen de maniobra.
  • Recurre al registro como marca figurativa si el logotipo aporta distintividad.
  • Consulta con expertos como nuestro equipo para valorar todas las opciones legales.

Solicita tu informe de viabilidad aquí

PREGUNTAS FRECUENTES 

¿Qué pasa si una marca se parece solo fonéticamente a la mía?

La fonética es uno de los criterios que pueden causar confusión. Si se pronuncian igual o muy parecido, puede haber oposición aunque se escriban distinto.

¿Puedo registrar una marca parecida si la otra está en otro sector?

Sí, en principio es posible, siempre que las clases de productos o servicios no se solapen y no haya riesgo de confusión para el público.

¿Qué diferencia hay entre una oposición y una denegación?

La oposición la presenta un tercero (otro titular), mientras que la denegación la dicta directamente la Oficina si detecta una infracción automática del reglamento.

¿Puedo defender mi marca si me acusan de similitud?

Sí, puedes presentar alegaciones, demostrar que no hay riesgo de confusión o negociar un acuerdo con la otra parte.

¿Vale la pena intentarlo si hay una marca similar?

No siempre. Sin un informe previo, puedes perder dinero y tiempo. Lo recomendable es analizar antes con ayuda profesional.

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