Qué podemos patentar y qué derechos obtiene el titular de una patente

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Forman parte de nuestra vida diaria, los utilizamos en nuestra rutina. Estamos rodeados de objetos patentados. Cada una de las cosas de las que acostumbramos a hacer uso, lo está. Y, entre éstas, podemos destacar elementos tan comunes como la luz, patentada por Thomas Alva Edison, o cualquier microprocesador, en poder de Intel.

Una patente garantiza el derecho exclusivo a una invención, si a través de ésta se obtiene una nueva manera de hacer algo y, además, esta invención aporta una nueva solución técnica a un problema. De esta manera, esta patente proporciona protección al titular de la misma.

Cuando alguien obtiene la titularidad de una patente debe publicar la información correspondiente a esta invención. Aparte de aportar conocimiento sobre la causa, conseguirá promover innovación por parte de otras personas, inspirarles y motivar a que otros también se animen a realizar nuevas creaciones.

El titular de la patente cuenta con el derecho de decidir quién utiliza el elemento patentado mientras éste esté protegido, y puede dar su permiso, o licencia, a otros para que la utilicen según los términos que figuren en el acuerdo común. Y, además, también podrá vender los derechos de la patente, provocando así el cambio de titularidad en la misma.

Y, además, para que esta propuesta sea aceptada como patentable, debe también de cumplir con las siguientes características:

  • Tener uso práctico.
  • Que aporte alguna característica nueva al producto existente (en caso de que lo hubiera).
  • Que aporte un paso inventivo, es decir, alguna aportación que otra persona, vinculada a dicha invención, y con conocimiento medio, no fuera capaz de deducir.

Todos estos elementos contribuirán a que el invento sea patentable y a que se le conceda una protección en un período limitado de 20 años. Durante ese tiempo esta invención no puede ser confeccionada, utilizada, distribuida o vendida comercialmente sin el consentimiento de su titular. Y, en caso de no cumplir con esto, la persona a la que se le haya concedido la patente podrá llevar al infractor a los Tribunales. Acabado el periodo de protección, en caso de que ésta no sea reclamada, la patente pasará a ser de dominio público.

Al igual que te hemos recordado en semanas anteriores que nosotros podemos registrar tu marca, desde Conexia Studio también ofrecemos los servicios de la realización del informe de patentabilidad, así cómo te realizamos los trámites para patentar tu invención. Para más información, puedes contactar con nosotros a través del número de teléfono: 662 423 809 o enviando un e-mail a info@conexiastudio.com

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